Resumen sintetizado de la Guía VFR de ENAIRE — sección GEN (versión septiembre 2023). Fuente oficial: guiavfr.enaire.es.
El VFR especial (SVFR) es un vuelo VFR autorizado por ATC para operar en una zona de control (CTR) en condiciones meteorológicas por debajo de VMC. Es la única forma legal de volar VFR cuando la meteorología en la CTR está por debajo de los mínimos VFR estándar.
Excepto helicópteros de policía, médicos, SAR e incendios:
| Aspecto | Requisito |
|---|---|
| Horario | Solo de día, salvo autorización especial |
| Nubes | Libre de nubes y superficie a la vista |
| Visibilidad | ≥ 1.500 m (helicópteros: 800 m) |
| Velocidad máxima | 140 kt IAS (para poder observar el tránsito) |
| Condición | Mínimo |
|---|---|
| Visibilidad en tierra | ≥ 1.500 m (helicópteros: 800 m) |
| Techo de nubes | ≥ 180 m (600 ft) |
El VFR especial solo puede autorizarse dentro de una zona de control (CTR) y siempre requiere autorización ATC. No sustituye a los mínimos VFR generales fuera de la CTR.
ATC solo puede autorizarlo si se cumplen los mínimos de VFR especial: vuelo libre de nubes, superficie a la vista, visibilidad mínima aplicable, velocidad máxima 140 kt IAS y mínimos del aeródromo publicados.
Importante: SVFR no exime del requisito de mantener referencia visual con el terreno. Si entras en nubes, infringes la autorización.